
PERMISO DE RESIDENCIA
PARA INVERSORES
¿Qué es la golden visa?
La golden visa es un permiso de residencia que se crea por la conocida como Ley de Emprendedores (Ley 14/2013) en el año 2013.
Se trata de un permiso de residencia, como su propio nombre dice, dirigido a inversores en España. Nace en un contexto de crisis económica, como consecuencia de la recesión del año 2008, que busca la captación de fondos para contribuir a la recuperación económica, así como la atracción de conocimiento a España.
Se regula en el artículo 63 de la norma y dice:
“1. Los extranjeros no residentes que se propongan entrar en territorio español con el fin de realizar una inversión significativa de capital podrán solicitar el visado de estancia, o en su caso, de residencia para inversores.
2. Se entenderá como inversión significativa de capital aquella que cumpla con alguno de los siguientes supuestos:
a) Una inversión inicial por un valor igual o superior a 2 millones de euros en títulos de deuda pública española, o por un valor igual o superior a un millón de euros en acciones o participaciones sociales de empresas españolas, o depósitos bancarios en entidades financieras españolas.
b) La adquisición de bienes inmuebles en España con una inversión de valor igual o superior a 500.000 euros por cada solicitante.
c) Un proyecto empresarial que vaya a ser desarrollado en España y que sea considerado y acreditado como de interés general, para lo cual se valorará el cumplimiento de al menos una de las siguientes condiciones:
1.º Creación de puestos de trabajo.
2.º Realización de una inversión con impacto socioeconómico de relevancia en el ámbito geográfico en el que se vaya a desarrollar la actividad.
3.º Aportación relevante a la innovación científica y/o tecnológica.
3. Se entenderá igualmente que el extranjero solicitante del visado ha realizado una inversión significativa de capital cuando la inversión la lleve a cabo una persona jurídica, domiciliada en un territorio que no tenga la consideración de paraíso fiscal conforme a la normativa española, y el extranjero posea, directa o indirectamente, la mayoría de sus derechos de voto y tenga la facultad de nombrar o destituir a la mayoría de los miembros de su órgano de administración”
Teniendo en cuenta esto podemos decir que el requisito fundamental de dicho permiso de residencia es la demostración de una inversión en España, que puede realizarse de varias formas:
1. Inversión en deuda pública española, por valor de 2.000.000 de euros
2. Adquisición de acciones o participaciones sociales de una empresa española, por valor de 1.000.000 de euros
3. Depósitos en cuentas bancarias españolas por valor de 1.000.000 de euros.
4. Adquisición de bienes inmuebles por valor de 500.000 euros.
En este último caso es importante decir que la compraventa puede ser de uno o varios inmuebles y que deben estar libre de cargas es decir, los primeros 500.000 euros se deben haber abonado y, en caso de un valor superior, la diferencia sí podría estar hipotecada.
¿Cuáles son los requisitos para solicitarla?
Como hemos dicho anteriormente el requisito principal de dicho tipo de residencia es la inversión pero además de ello, se ha de contar con una cantidad de dinero suficiente para poder vivir en España, que es equivalente a lo solicitado en el permiso de residencia no lucrativa (les dejamos por aquí un enlace a la entrada para conocer todos los detalles).
Además de ello, como en otros tipos de residencia, se requiere la inexistencia de antecedentes penales, así como no padecer ninguna de las enfermedades recogidas por el reglamento internacional de salud del año 2005.
¿Quién lo puede pedir?
Puede hacerlo uno mismo o a través de representante.
A pesar de la cantidad de años que hace que se aprobó dicho visado, existe un gran desconocimiento sobre el mismo, de forma que desde Mael Asesores, siempre aconsejamos que se haga a través de representante.
¿Dónde se debe solicitar?
Se debe realizar en España, de manera que si estás en el extranjero se deberá solicitar un visado para entrar a España y posteriormente solicitar ante el organismo correspondiente la residencia en si.
En caso de encontrarte en España y cumplas con los requisitos mencionados ya puedes proceder a tramitar tu solicitud.
El organismo correspondiente para su tramitación es distinto al que conocemos en el resto de solicitudes, no se presenta ante las Oficinas de Extranjería, sino ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos.
Plazo de resolución y Silencio Administrativo
Una de las grandes ventajas que plantea dicho trámite y que lo diferencia del resto es que deberás esperar entre 45 y 90 días para obtener una resolución, como en el resto de residencias iniciales, sino que la ley estipula un plazo de 20 días para obtener una respuesta; y además, en caso que no se cumpla con el mismo, la gran ventaja es que el silencio administrativo es positivo.
¿Qué significa esto? Pues que se considera que la solicitud
ha sido estimada ante el no pronunciamiento de la entidad obligada a resolver.
Puedes conocer más acerca de cómo funciona clicando en el siguiente artículo sobre silencio administrativo.
Duración de residencia por permiso de inversor
Otro de los aspectos que hacen de este permiso más beneficioso es que inicialmente se conceden directamente 2 años de residencia y una vez renovado se amplía por 5 años más.
Otras ventajas de obtener la golden visa
A pesar de tratarse de un tipo de residencia que tiene bastante similitud con el permiso de residencia no lucrativa y que comparte alguno de sus requisitos, la golden visa es el único
permiso de residencia temporal que habilita para hacer todas las salidas que se
deseen fuera del Estado español, sin riesgo a poder perder la misma.
Como saben las residencias temporales, por norma general se extinguen en el momento en que la persona extranjera se ausenta de España por más de 6 meses en el período de 1 año.
En cambio en este caso, por el solo hecho de estar un día en España se cumpliría con el requisito de estancia en el país para poder continuar con la misma.
Dentro de este apartado podemos hablar de la reagrupación familiar, en este sentido lo que lo diferencia de otras residencias del régimen general, es que no se exige un tiempo previo de
residencia para traer a los familiares a España (puede conocer más sobre la
reagrupación familiar en régimen general en el siguiente enlace).
Finalmente el período computa para obtener la nacionalidad española.
